VERI*FACTU: No existen programas preparados
Algunos fabricantes de programas están engañando a la gente dando a entender que sus programas están preparados para VERI*FACTU
Eso es, sencillamente, mentira. Porque es imposible: aún no se ha publicado la orden ministerial con el reglamento concreto que los programas hemos de aplicar
A día de hoy, ¿qué sabemos con certeza?
- Cuando se publique el reglamento, las empresas de programación tendremos 9 meses para adaptar nuestros programas al mismo. Una vez pasados los 9 meses, no podremos poner en circulación programas no adaptados
- La ley marca el 1/Julio/2025 como fecha de implantación para todas las empresas: Aunque por otra parte la ley marcaba otros plazos, éste se impone. Se cree que este plazo vaya a ser prorrogado, al menos para las empresas que facturen menos de 8 millones de euros. Pero es una creencia; en este momento impera el 1/07/2025
- ¿Estará CyberMAX preparado? Por supuesto; desde CYBER seguimos puntualmente la evolución de todo esto, e internamente trabajamos con los distintos borradores e indicaciones que van surgiendo
- ¿Por mi parte, qué tendré que hacer? Actualizar el programa a la versión que publicaremos; las versiones pre-VERI*FACTU quedarán bloqueadas a partir de esa fecha, para evitar el incumplimiento de la ley
- Las empresas que están en el SII no tendrán que aplicar VERI*FACTU: No tiene mucha lógica, porque VERI*FACTU es más duro, pero de momento es así.
- Hay dos modalidades de aplicación de VERI*FACTU: Aquella en la que se suben las facturas a la AEAT en el momento de generarlas, y aquella en que se suben bajo petición
- El 99% va a aplicar la modalidad 1 (subida inmediata): Es lo que quiere la AEAT, y aquellas empresas que se acojan a la modalidad 2 tendrán inspecciones (la excusa es que la AEAT no tiene sus facturas) que no tendrán las de la modalidad 1. Además, si alguien en modalidad 2 pierde datos de facturas por el motivo que sea (virus, avería, robo, incendio, explosión... da igual), se le va a caer el pelo
- Una vez generada una factura, no se va a poder modificar: número, fecha, cliente, importes... nada se podrá modificar; si un programa permite modificarlo, el programa no cumple la ley, y se le caerá el pelo a la empresa de programación y a la empresa usuaria. Lo más probable es que al ir a introducir una factura nueva, los programas no permitamos que el usuario indique ni el número de factura ni la fecha de factura
- Mi empresa es pequeña, ¿se me aplica esto?: Solo están fuera los que están en el SII
- Pero yo solo emito tickets, ¿de verdad que se me aplica esto?: Sí. Los tickets son facturas simplificadas, y claro se aplica
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